Martes, 21 de Octubre de 2003
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SANTIAGO
:: Condenados a siete años de prisión tres vecinos de O Eixo por lesiones y atentado
La acusación particular reclamaba el doble de pena para los seis imputados en los incidentes de 1998
La Audiencia absuelve a Augusto Gómez, Jaime Beiroa y Roberto Mallo
 
 
Tres meses han pasado desde que seis vecinos de O Eixo se sentaron en el banquillo de la sala sexta de la Audiencia Provincial. Se les acusó de lesiones, atentado y desórdenes a raíz de los incidentes ocurridos en Santa Lucía el 14 de julio de 1998. El juicio se prolongó durante cinco sesiones y se ha convertido en el más largo que se ha celebrado hasta el momento en la sección compostelana del tribunal provincial.

La sala que preside el magistrado Ángel Pantín notificó ayer la sentencia: buenas noticias para tres de los encausados y malas para los otros tres. El fallo exculpa a todos del delito de desórdenes y absuelve de todos los cargos a Augusto Gómez, Jaime Beiroa y Roberto Mallo.

Culpabilidad

El mismo tribunal considera, sin embargo, que Simón Márquez, José Moreira y Jesús Montoiro son culpables de dos delitos: lesiones y atentado. Por el primero impone para cada uno una pena de seis años de prisión, al que se añade otro año más al quedar probado en el juicio que los tres son responsables de un delito de atentado. En el caso de Jesús Montoiro, se añaden seis fines de semana de arresto por otro delito de lesiones sobre la persona del policía Horacio Yáñez.

La pena económica también es importante. Los tres condenados quedan obligados a satisfacer una cantidad de 156.000 euros (casi veintiséis millones de pesetas) al policía Luis Gómez, que fue el agente que salió peor parado del enfrentamiento entre los vecinos y la policía aquel 14 de julio de 1998.

El fallo de la sala compostelana de la Audiencia es recurrible ante el Tribunal Supremo, y todo parece indicar que la defensa de los tres condenados agotará todas las vías a su alcance, incluida la petición de indulto si fuese el caso.

Tal como está ahora mismo la situación, y a la espera de que se presente el correspondiente recurso de casación ante el Supremo, lo más probable es que Márquez, Moreira y Montoiro continúen en libertad hasta que la sentencia sea firme.

No se descarta que la acusación particular recurra el fallo, ya que los catorce años de prisión que se pedían quedan rebajados a la mitad en el caso de tres, mientras que los otros tres salen libres.

En la última jornada del juicio, celebrada el 18 de julio, las cosas se habían enderezado para Roberto Mallo y Jaime Beiroa, después de que el fiscal retirase el cargo de lesiones, aunque mantuvo los de desórdenes y atentado. Finalmente, la balanza se ha inclinado de su lado, al igual que en el caso de Augusto Gómez. Los hechos por los que los seis de O Eixo fueron juzgados ocurrieron el 14 de julio de 1998, durante una concentración en la que los vecinos reclamaban seguridad vial para la Nacional 525. El agente de policía Luis Gómez resultó gravemente herido. Mientras que el fiscal y la acusación mantuvieron que fue agredido, los acusados sostuvieron que Gómez se cayó mientras identificaba a un menor.


Nacho Mirás (santiago)
 
 

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