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| SANTIAGO
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Condenados a siete años de prisión tres vecinos de O Eixo por lesiones y atentado
La acusación particular reclamaba el doble de pena para los seis imputados en los incidentes de 1998
La Audiencia absuelve a Augusto Gómez, Jaime Beiroa y Roberto Mallo
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Tres meses han pasado desde que seis vecinos de O Eixo se sentaron en
el banquillo de la sala sexta de la Audiencia Provincial. Se les acusó
de lesiones, atentado y desórdenes a raíz de los incidentes ocurridos
en Santa Lucía el 14 de julio de 1998. El juicio se prolongó durante
cinco sesiones y se ha convertido en el más largo que se ha celebrado
hasta el momento en la sección compostelana del tribunal provincial.
La sala que preside el magistrado Ángel Pantín notificó ayer
la sentencia: buenas noticias para tres de los encausados y malas para
los otros tres. El fallo exculpa a todos del delito de desórdenes y
absuelve de todos los cargos a Augusto Gómez, Jaime Beiroa y Roberto
Mallo.
Culpabilidad
El mismo tribunal considera, sin embargo, que Simón Márquez,
José Moreira y Jesús Montoiro son culpables de dos delitos: lesiones y
atentado. Por el primero impone para cada uno una pena de seis años de
prisión, al que se añade otro año más al quedar probado en el juicio
que los tres son responsables de un delito de atentado. En el caso de
Jesús Montoiro, se añaden seis fines de semana de arresto por otro
delito de lesiones sobre la persona del policía Horacio Yáñez.
La pena económica también es importante. Los tres condenados
quedan obligados a satisfacer una cantidad de 156.000 euros (casi
veintiséis millones de pesetas) al policía Luis Gómez, que fue el
agente que salió peor parado del enfrentamiento entre los vecinos y la
policía aquel 14 de julio de 1998.
El fallo de la sala
compostelana de la Audiencia es recurrible ante el Tribunal Supremo, y
todo parece indicar que la defensa de los tres condenados agotará todas
las vías a su alcance, incluida la petición de indulto si fuese el caso.
Tal como está ahora mismo la situación, y a la espera de que se
presente el correspondiente recurso de casación ante el Supremo, lo más
probable es que Márquez, Moreira y Montoiro continúen en libertad hasta
que la sentencia sea firme.
No se descarta que la acusación
particular recurra el fallo, ya que los catorce años de prisión que se
pedían quedan rebajados a la mitad en el caso de tres, mientras que los
otros tres salen libres.
En la última jornada del juicio,
celebrada el 18 de julio, las cosas se habían enderezado para Roberto
Mallo y Jaime Beiroa, después de que el fiscal retirase el cargo de
lesiones, aunque mantuvo los de desórdenes y atentado. Finalmente, la
balanza se ha inclinado de su lado, al igual que en el caso de Augusto
Gómez. Los hechos por los que los seis de O Eixo fueron juzgados
ocurrieron el 14 de julio de 1998, durante una concentración en la que
los vecinos reclamaban seguridad vial para la Nacional 525. El agente
de policía Luis Gómez resultó gravemente herido. Mientras que el fiscal
y la acusación mantuvieron que fue agredido, los acusados sostuvieron
que Gómez se cayó mientras identificaba a un menor.
Nacho Mirás
(santiago)
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