
Artículo 28, punto 3.
Pueden ser miembros de FEDAES:
3- Socios profesionales de la medicina y/o de la investigación relacionados con la ataxia. Tendrán voz pero no voto. Cualquier socio de la Federación detallado en este punto podrá ser candidato a Representante en Euro-Ataxia así como a ocupar cargo en la Junta Directiva de la Federación. La cuota que deberán aportar a la Federación será establecida por la Junta Directiva. Tales socios, con el fin de integrarse de forma asociativa en la Federación, podrán crear una Asociación de, al menos, diez miembros, no pudiendo existir más de una asociación de estas características, si bien a pesar de tal creación, se seguirá permitiendo la existencia de socios profesionales de la medicina o de la investigación a título individual.
Los archivos son: <MODELO-9> (para el fichero general de socios). Y <MODEL-10> (para el abono de la cuota).